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Guía práctica · 2026-09-09

Cómo cobrar un pagaré o un título valor

El pagaré, la letra de cambio y otros títulos valores existen para facilitar el cobro. Si el documento está bien llenado y el plazo se venció, el proceso ejecutivo suele ser la vía. Si el título está incompleto o prescrito, hay que mirar otra pretensión.

Qué debe tener el documento

Los títulos valores se rigen por el Código de Comercio. Un pagaré debe identificar al girador, la promesa incondicional de pago, la suma, el vencimiento y la firma. La letra tiene su propia estructura. Un error de forma puede quitarle al documento la fuerza de título ejecutivo.

Guarde el original. En el ejecutivo se presenta el título. Las copias sirven para estudiar el caso, no siempre para librar mandamiento.

El proceso ejecutivo, en corto

Se presenta la demanda con el título. El juez, si encuentra que es claro, expreso y exigible, libra mandamiento de pago. El demandado puede pagar o proponer excepciones tasadas. Hay medidas cautelares (embargo) cuando proceden.

La prescripción del título valor es un plazo corto. No deje vencer el cobro. Si el título ya no sirve, a veces queda la acción causal (el negocio de fondo), que es otro proceso y otras pruebas.

Errores que retrasan el cobro

Demandar con fotocopia. Demandar un título con espacios en blanco mal llenados. Omitir la mora o los intereses pactados. Ir a un juez sin competencia. Confundir un pagaré con un simple reconocimiento de deuda.

Antes de radicar, conviene revisar el documento con un abogado. WhatsApp 318 887 7711. Oficina en Usaquén, Bogotá.

Este texto es información general, no un dictamen sobre un caso concreto.

Ronald Valencia

Avenida Calle 127 # 14-54, Oficina 610 A, Usaquén, Bogotá D.C.

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