Guías
Artículos jurídicos
La guía de esta semana va primero. Estos textos no sustituyen un dictamen.
Esta semana
El proceso reivindicatorio civil
La reivindicación es la acción de dominio: la que tiene el dueño de una cosa singular, de la que no está en posesión, para que el poseedor se la restituya. Lo dice el artículo 946 del Código Civil. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema ha fijado los presupuestos con una constancia que no admite ocurrencias. Sin título, sin posesión del demandado, sin identidad del bien, no hay restitución.
2026-09-14
La excepción de inconstitucionalidad frente a normas contrarias a tratados internacionales de derechos humanos
Control difuso, bloque de constitucionalidad y prevalencia. El artículo 4 de la Constitución consagra el deber de inaplicar, en el caso concreto, toda disposición incompatible con la Carta. La pregunta es si el juez o el funcionario administrativo debe inaplicar también cuando la contradicción se predica de un tratado de derechos humanos ratificado por Colombia.
2026-09-28
Qué es la acción de tutela y para qué sirve
La acción de tutela es el mecanismo preferente y sumario con el que toda persona puede pedir a un juez la protección inmediata de un derecho constitucional fundamental, cuando ese derecho está vulnerado o amenazado. No es un proceso ordinario, no sirve para cobrar deudas mercantiles y no reemplaza el medio de defensa que sí es idóneo. Bien usada, es el instrumento más eficaz del constitucionalismo colombiano de 1991.
2026-10-05
Las medidas cautelares en la acción de tutela
El plazo de diez días de la tutela no siempre basta. Si el derecho se puede perder mientras el juez estudia el expediente, el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991 permite ordenar, desde la presentación y hasta antes de la sentencia, cualquier medida de conservación o seguridad. No es un adelanto del fallo. Es la herramienta para que el amparo no llegue cuando ya no hay nada que proteger.
2026-10-12
Qué es el derecho disciplinario y cuáles son sus principales instituciones
El derecho disciplinario es el régimen con el que el Estado juzga la conducta oficial de quien desempeña funciones públicas. No es derecho penal. No es derecho laboral. Es un derecho autónomo, con ilicitud sustancial, culpabilidad y debido proceso propios, cuyo Código General es la Ley 1952 de 2019, reformada por la Ley 2094 de 2021. Quien lo trata como un apéndice del Código Penal o como un trámite interno de personal pierde el caso en la primera audiencia.
2026-10-12
Medios de control ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo
Los medios de control de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021, son las pretensiones con las que se acude a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. No son “acciones” del antiguo código: el legislador unificó el proceso y distinguió el objeto de cada pretensión. El artículo 238 de la Constitución confía a esa jurisdicción el control de los actos, hechos, omisiones y operaciones administrativas. El artículo 90 de la Carta fija la responsabilidad patrimonial del Estado por el daño antijurídico.
2026-10-26
El acto administrativo y cómo demandarlo
El acto administrativo es la manifestación unilateral de voluntad de la Administración que crea, modifica o extingue una situación jurídica. Mientras está vigente, se presume legal y es ejecutorio. Demandarlo no es “quejarse del oficio”: es identificar el acto, sus vicios, el medio de control, la competencia, las pretensiones y el reloj de la caducidad.
2026-11-02
El medio de control de reparación directa
La reparación directa es el medio para pedirle al juez administrativo que declare la responsabilidad del Estado por un daño antijurídico que no se discute anulando un acto, sino imputando una acción, una omisión o un hecho. El artículo 90 de la Constitución y el 140 del CPACA son el título. La Sección Tercera del Consejo de Estado ha construido los títulos de imputación. Sin daño, imputación y nexo, no hay condena.
2026-11-16
La conciliación prejudicial en derecho civil y comercial
La Ley 2220 de 2022 expidió el Estatuto de la Conciliación y derogó la Ley 640 de 2001. En materia civil y comercial, la conciliación extrajudicial es, por regla, requisito de procedibilidad de los procesos declarativos. Sin el acta, el juez puede rechazar la demanda. El acuerdo, aprobado, hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.
2026-11-23
La conciliación extrajudicial en derecho administrativo
En lo contencioso administrativo, la conciliación extrajudicial se tramita, por regla, ante Procuradores Judiciales Administrativos. El Título V de la Ley 2220 de 2022 la regula con tres principios propios: salvaguarda del patrimonio público y del interés general, protección de derechos ciertos e indiscutibles, y protección reforzada de la legalidad. Sin esa etapa, cuando es requisito, el juez rechaza la demanda.
2026-11-30
Procesos de responsabilidad contractual por incumplimiento de promesa y de compraventa de inmuebles
La promesa de compraventa no transfiere el dominio. La compraventa de inmueble se perfecciona por escritura pública y se completa con el registro. Cuando una de las dos se incumple, el camino es la responsabilidad contractual: cumplir, resolver e indemnizar. El artículo 1546 del Código Civil y el 1611 (promesa), leídos con la Sala de Casación Civil, evitan el proceso equivocado: ni tutela, ni reivindicatoria contra quien aún no es poseedor, ni ejecutivo sin título claro.
2026-09-09
Le incumplieron un contrato en Bogotá
Un contrato se hace para cumplirse. Cuando la otra parte no entrega, no paga o no hace lo pactado, el derecho colombiano permite exigir el cumplimiento, resolver el contrato o reclamar perjuicios. El camino depende del tipo de contrato y de las pruebas.
2026-09-09
Cómo cobrar un pagaré o un título valor
El pagaré, la letra de cambio y otros títulos valores existen para facilitar el cobro. Si el documento está bien llenado y el plazo se venció, el proceso ejecutivo suele ser la vía. Si el título está incompleto o prescrito, hay que mirar otra pretensión.
2026-09-09
Abogado en Usaquén, Bogotá
La oficina está en Avenida Calle 127 # 14-54, Oficina 610 A, Usaquén. Atiendo procesos civiles y comerciales, tutelas, derecho administrativo, inmobiliario y disciplinario. No es un bufete anónimo: es una práctica personal con más de 20 años de ejercicio.
2026-09-09
Cómo preparar la primera consulta
La primera consulta sirve para saber si hay caso, cuál es la vía y qué se necesita. No es una sentencia. Si llega con las piezas ordenadas, sale con una ruta. Si llega solo con el relato, se pierde tiempo.